Durante la semana pasada, comenzó a regir la Ley No Chat, publicada oficialmente durante el año pasado y que consiste en una modificación a la Ley del Tránsito, la que busca aumentar las multas por la manipulación de dispositivos electrónicos móviles mientras se conduce.
Desde ahora, la infracción por infringir la Ley No Chat será penada entre 1,5 y 3 UTM (el doble de lo estipulado antes de la modificación), con la suspensión de la licencia de conducir entre 5 y 45 días. Si hay reincidencia, se retendrá hasta en 90 días incluso.
¿Qué puedes hacer? ¿Qué no puedes hacer? Hacemos un breve resumen con los detalles de esta ley.
¿Qué se considera infracción?
Se prohíbe la conducción de un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital que no venga incorporado de fábrica en él (teléfonos, tablets, consolas portátiles, etc.). Eso incluye acciones como llamadas telefónicas, envío de mensajería, envío de correos, manipulación de un GPS, tomar fotos, entre otros. En caso que el dispositivo no venga incorporado de fábrica en el vehículo, se autoriza su manipulación solamente a través de un equipo de manos libres, según "las especificaciones que determine el reglamento".
- Especificaciones que determina el reglamento:
- Se entenderá por sistema de "manos libres" para dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, aquel que permite al conductor utilizar dicho dispositivo o artefacto posibilitando que ambas manos se mantengan en el manubrio del vehículo o posibilitando mantener libres ambas manos si el vehículo no cuenta con manubrio; en cualquier caso, sin descuidar la conducción del vehículo.
- Se permite el uso de dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital que colabore o guíe la conducción, siempre que su uso no vulnere lo dispuesto en este artículo.
- Además, los dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital deberán portarse en un lugar que impida su desplazamiento durante la marcha, o su proyección en caso de siniestro. La ubicación de estos dispositivos o artefactos deberá ser tal que no obstaculice la visión del panel de instrumentos del vehículo, ni la visión directa del conductor, ni interfiera con la operación segura del vehículo.
- No se entenderá por sistemas de "manos libres" para dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, aquellos tales como:
- a. Cualquier sistema de sujeción de éstos a la altura del oído del conductor.
- b. Aquellos que para su uso requieran que el conductor los sostenga con su hombro, contra su cabeza o con otras partes del cuerpo, tales como sujeto sobre sus piernas o en su muñeca.
- c. Aquellos que el conductor deba manipular con una o ambas manos, ya sea para sostener una conversación, enviar mensajería o audios o utilizar aplicaciones en dichos dispositivos o artefactos.
Esto significa que si tienes un soporte para teléfono y necesitas manipular Waze o Google Maps, no podrás hacerlo, salvo que puedas operar sus funciones vía comando por voz. Y solo se considerará manos libres algún sistema instalado físicamente en el auto o un dispositivo bluetooth que cumpla con funciones similares (pero que no tengas que usar al oído). La ley no se ha referido a otros sistemas como son Apple CarPlay o Android Auto, pero se deduce que como estos sistemas operan a partir de una interfaz que se considera parte del equipamiento integrado de un auto, no debería haber problema, en especial para operar funciones de navegación, llamadas y audio.
¿Puedo usar el teléfono en la luz roja?
No, durante el tiempo completo de la conducción no se permite la manipulación del dispositivo. Ello también incluye los momentos en los que el conductor está esperando en una luz roja, en un taco, en una señal “pare”, etc. La unica manera de usarlo, es que te detengas y estaciones el auto en un lugar seguro.
¿Y si voy en moto? ¿O bicicleta?
La ley es pareja para todo tipo de transporte. Aplica tanto para vehículos motorizados (como, por ejemplo: automóviles, buses, camiones, motocicletas), como para vehículos no motorizados (ciclos).