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Finalmente, hay claridad sobre el reglamento de grabado de patentes

Luego de más de 8 meses desde que se aprobó esta nueva Ley de Tránsito, la Contraloría tomó razón del reglamento.

Finalmente, hay claridad sobre el reglamento de grabado de patentes

Hace tiempo les contamos que el Reglamento de grabado de patentes ya estaba listo para que Contraloría tomase razón de él y comenzar a darle cumplimiento a la nueva Ley de Tránsito. Sin embargo, en el mes de abril este fue retirado por la autoridad, explicando que se debieron hacer ciertas correcciones para dar mayor claridad.

Hoy, cerca de 8 meses después de que la ley fuese aprobada, finalmente tenemos claridad sobre como será su aplicación, como se deben grabar las patentes, y cual es el plazo que habrá para su implementación.

¿En qué piezas se realiza el grabado?

  • Vidrios laterales ubicados al costado del conductor: el grabado se efectuará en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo. En aquellos ubicados al costado del acompañante, se realizará en el vértice inferior izquierdo desde el punto de vista de un observador externo, sin obstaculizar la lectura de otra información obligatoria que pueda ubicarse en esa zona.
  • Parabrisas: el grabado deberá efectuarse en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo, sin obstaculizar la lectura u ocultar el Vehicle ldentification Number (VIN).
  • Luneta trasera: el grabado se efectuará en el vértice inferior izquierdo desde la perspectiva de un observador externo, sin obstaculizar la lectura de otra información.
  • Espejos laterales: el grabado se realizará en la parte superior o inferior, siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo. Si son circulares u ovalados, el grabado se realizará en la parte superior o inferior, de forma paralela al suelo.

¿Qué tamaño y tipografía debe tener el grabado?

Las letras y dígitos deben tener entre 7 y 10 mm de altura, y un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de la letra. Esta debe ser de estilo "normal", no cursiva ni negrita. En el caso de los espejos laterales, la altura mínima es entre 5 y 10 milímetros. En ambos casos las letras deberán ser mayúsculas.

Las letras y dígitos deberán grabarse siguiendo la superficie del vidrio o del espejo lateral, de manera tal que su lectura horizontal, para un observador externo al vehículo, sea de izquierda a derecha. El grabado debe ser permanente, de forma tal que no pueda ser borrado.

¿Desde cuándo será obligatorio tener la patente grabada? 

La ley ha establecido un plazo de 12 meses para vehículos antiguos y 4 meses para vehículos nuevos, una vez publicado el reglamento en el Diario Oficial. No se considerarán como nuevos los vehículos comercializados desde el 11 de septiembre de 2023 hasta el tercer mes contado desde la publicación del decreto.

¿Qué pasa si no grabo la patente?

Quienes no marquen sus vidrios se enfrentan a multas que van de 1 a 1.5 UTM, es decir, entre $63.452 y $95.178.

¿Hay vehículos que se eximan de esta norma?

Sí, existen tres casos en que esta normativa no será exigible.

  •  Vehículos con placa patente extrajera (Art 54 de la Ley de Tránsito)
  • Aquellos vehículos considerados como antiguos o históricos (Título 19 de la Ley de Tránsito)
  • Aquellos automóviles comercializados con anterioridad a la entrada en vigencia del reglamento, cuyos vidrios y espejos laterales ya se encuentren grabados; siempre que permita la íntegra y correcta identificación de cada uno de los dígitos y letras de la placa patente grabada.

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